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Jorge Carrillo Grandes en el GAD de Cuenca: estrategias burocráticas para democratizar los derechos culturales y la libre creación

El 9 de octubre de 2024, Jorge Carrillo Grandes, Director Ejecutivo del Instituto de Fomento a la Creatividad y la Innovación, realizó un taller sobre el proceso de fomento en la administración de la gestión pública. Este evento estuvo dirigido a los funcionarios de la Dirección General de Cultura, Recreación y Conocimiento del GAD de Cuenca, con el objetivo de fortalecer sus capacidades en la promoción y desarrollo de iniciativas creativas y de innovación en el fomento de concursos públicos en el ámbito cultural.

Jonathan Koupermann, Director de dicha Institución, manifestó la importancia de abordar los desafíos que enfrentan los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) en el ámbito de la administración pública. Subrayó la necesidad de establecer una estructura que unifique los distintos sectores implicados en el proceso de fomento, que abarca las áreas de planificación, asuntos jurídicos y financieros, así como el equipo técnico. Para enriquecer esta discusión, contamos con la presencia de Jorge Carrillo Grandes, Director Ejecutivo del IFCI, cuyo conocimiento y experiencia en la administración del fomento ofrecerá valiosas perspectivas que podrán ser adaptadas a la realidad del GAD de Cuenca, mencionó Koupermann.

El taller comenzó con una reflexión crítica acerca del ejercicio de los derechos culturales, en consonancia con la Ley Orgánica de Cultura. Carrillo enfatizó la importancia del concepto de fomento, entendida como una herramienta esencial para fortalecer los derechos laborales, sociales y humanos de los trabajadores del arte y la cultura, así como de la ciudadanía en general. 

La categoría de fomento es una premisa clave para la administración pública, sobre todo cuando logras establecer una distinción significativa respecto del proceso de compras públicas. Ambas categorías poseen funciones diferenciadas que abordan necesidades específicas, las cuales a menudo se confunden en la comprensión técnica de la administración de los procesos burocráticos y la definición de la operatividad de los recursos que implica el fomento. Esta confusión puede llevar a subestimar la importancia del fomento en la protección de los derechos culturales; es fundamental tomar en cuenta lo que expone el artículo 105 de la Ley Orgánica de Cultura y reconocer esta distinción conceptual para transformar la política pública en una práctica efectiva y accesible,  afirmó Carrillo.

Art. 105.- Del Fomento. Comprenderá todas aquellas acciones encaminadas a generar condiciones favorables para el desarrollo de la creación artística, la producción y la circulación de bienes y servicios culturales y creativos. Ningún incentivo, aporte, financiamiento, apoyo, estímulo o patrocinio, reembolsable o no reembolsable, que se genere desde el Estado en el marco de las disposiciones de fomento a las artes y la cultura establecidas en la presente Ley, se asimilará a las modalidades de pago o desembolso dispuestas en los regímenes de compra o de contratación pública. Dichos incentivos deberán otorgarse a los beneficiarios por medio de sistemas normados, con mecanismos de postulación y evaluación técnicos, transparentes, incluyentes y sostenibles, preferentemente concursos públicos de proyectos, y respetando criterios de calidad, eficiencia y democratización. Para ejecutar proyectos de interés cultural nacional, el ente rector de la cultura podrá suscribir directamente convenios de cooperación con cámaras, asociaciones gremiales, entidades especializadas, instituciones de educación superior, gobiernos autónomos descentralizados y de régimen especial, o colectivos de gestores o de artistas, con el fin de lograr para dichos proyectos una ejecución acorde con las realidades y las necesidades del sector cultural (Ley Orgánica de Cultura; 2017: 25).

El diálogo que Carrillo puso en discusión se catalizó en un ejercicio de reflexión crítica entre los funcionarios públicos, quienes, atentos a la problemática expuesta, comenzaron a desentrañar aquellas imprecisiones que encontraron en sus propias prácticas de administración, justamente por no establecer una distinción clara entre aquello que se entiende por compras públicas y el procedimiento que activa legalmente la categoría de fomento. Varias preguntas ocuparon el espacio burocrático en un análisis que resultó tanto profundo como esclarecedor, ¿cómo generar mecanismos para el fomento? Preguntó una funcionaria del área financiera. A su vez, desde el área de contabilidad se hizo una nueva pregunta complementaria, ¿qué tipo de proyecto deben ser financiados y qué contraparte se debe pedir al artista? Una a una las inquietudes crecían desde las diferentes áreas de la administración del GAD, y ponían en evidencia las dificultades que los funcionarios encuentran en la administración de los procesos de fomento, ¿existe alguna tabla para saber el valor de la obra de un artista?, ¿cómo certificar un proceso de fomento?, ¿existe un límite para los honorarios de los artistas? Se preguntó otro funcionario del área jurídica. De esa manera la discusión  emergió con un nivel de complejidad importante desde la autobservación y la autocrítica; lo cual fue un pilar fundamental del pensamiento colectivo en el taller, que desembocó en un entendimiento más amplio y reflexivo sobre los desafíos y oportunidades que enfrenta el GAD de Cuenca y que también puede relacionarse a las problemáticas que tiene el Sistema Nacional de Cultura en su conjunto. 

El primer paso para desatar el nudo en que se encontraron los servidores públicos fue reflexionar sobre los tipos de convenios que utilizan en el proceso de fomento. En el Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) de Cuenca, se celebran convenios de cooperación que requieren contraprestación de fondos, así como convenios de donación que se caracterizan por la ausencia de esta contraprestación. Este procedimiento, desde la perspectiva del fomento de la Ley Orgánica de Cultura, crea una ambigüedad en la estructura jurídica de este GAD que dificulta el establecimiento de bases sólidas para un proceso de fomento efectivo. “Me parece de verdad que ahí hay una falta de precisión en lo jurídico, que nos impide establecer las bases de un proceso de fomento. Por eso creo que es fundamental transformar este tipo de convenios y convertirlos hacia líneas de fomento. Con esa propuesta debemos lograr que se cree una ordenanza desde la Alcaldía, mencionó uno de los funcionarios de la sindicatura del GAD de Cuenca.

En el contexto de la discusión, Carrillo destacó la importancia de evaluar dichos convenios que suscribe el GAD, cuestionando si realmente contribuyen a fortalecer el acceso de la ciudadanía a los derechos culturales. Subrayó la necesidad de perfeccionar las bases técnicas, ya que estas determinan el marco de financiamiento, los porcentajes y contrapartes, así como el reglamento que rige el acceso a los fondos. El Director del IFCI sintetizó su postura, abogando por una revisión estructural que se oriente plenamente en garantizar la democratización de los derechos culturales, lo cual implica garantizar también la libre creación, sin criterios estéticos universalistas.

Posteriormente, Carrillo detalló el procedimiento y el ordenamiento metodológico que el Instituto de Fomento a la Creatividad y la Innovación (IFCI) emplea en la realización de concursos. En su exposición, subrayó la importancia de la cadena de producción artística como recurso clave para establecer las bases técnicas y la estructura de las convocatorias destinadas a fondos de fomento. En ese marco, los funcionarios del GAD de Cuenca, inicialmente con escaso conocimiento en esta estructura de financiamiento, comenzaron a reconocer cómo la cadena de valor puede mejorar el funcionamiento del financiamiento no reembolsable. A través de la exposición, lograron identificar imprecisiones y errores en sus bases técnicas, permitiéndoles reflexionar sobre la necesidad de adaptar sus procesos a las distintas fases de la producción artística, aspecto clave para la planificación de presupuestos, actividades, remuneraciones y regulaciones del fomento.

La cadena de producción artística constituye un marco fundamental para la gestión pública, facilitando la comunicación entre las áreas jurídica, administrativa y técnica. Cada eslabón de la cadena de producción conlleva costos específicos que configuran las características únicas de cada proceso. Estos costos se determinan en función de factores diferenciadores, como el tiempo de trabajo, que facilita una estimación precisa de la duración de las actividades; el espacio de desarrollo, que establece el lugar de ejecución; y los materiales requeridos, fundamentales para la ejecución efectiva de cada fase del proceso productivo, mencionó Carrillo.

Desde la administración pública, comprender las distintas etapas de la cadena de producción artística es fundamental para determinar qué fases se financia y bajo qué condiciones. Por ejemplo, financiar un proyecto que está en la etapa de creación implica reconocer la incertidumbre inherente al proceso creativo, lo cual se define en una temporalidad específica, propia de la investigación, experimentación y el misterio que encierra la creación. En contraste, la financiación en la etapa de producción exige un enfoque más estructurado, con recursos humanos y materiales definidos, y con una delimitación del tiempo de trabajo más acotado. Asimismo, en la etapa de la distribución el proceso implica otras exigencias y procedimientos que involucra por ejemplo la organización de la logística y  la operatividad de circulación de la obra; y por otra parte, el eslabón de la comercialización que se centra en el consumo de bienes y servicios culturales. 

Cada fase presenta particularidades presupuestarias y de trabajo diferenciadas, que es esencial para una gestión eficaz. De esa forma se deben ordenar las bases técnicas de los concursos, en función de las características que contienen cada eslabón de la cadena de producción que pensamos financiar. Así podemos acotar las actividades y sus reglamentos, el presupuesto y planificación financiera de los proyectos, y el monto total de financiamiento que otorgamos. Siempre debemos tener presente que las instituciones públicas de cultura fomentamos la libre creación (sin criterios estéticos) y que debemos promover la alternabilidad en el acceso a los fondoslo cual es viable a través de los reglamentos establecidos en las bases técnicas de los concursos, mencionó el Director del IFCI.

Por último, Carrillo hizo algunas recomendaciones orientadas a fortalecer el apoyo institucional para la generación de procesos de fomento en el GAD de Cuenca. En este sentido, asumió el compromiso de apoyar al ordenamiento de las bases técnicas, mediante la facilitación de instructivos y reglamentos, y de una guía para el proceso de transformación de los convenios del GAD, a fin de que los funcionarios puedan delimitar los mecanismos que faciliten la mejora de la administración pública. Por su parte, los funcionarios se comprometieron a estructurar una nueva normativa de fomento, a través  de una comisión de legislación que genere las necesidades para resolver, por medio de una resolución administrativa, el proceso de transformación de los convenios. Esto, en consonancia a lo desarrollado en el taller, específicamente en referencia a la categoría de fomento que define la Ley Orgánica de Cultura.


 

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