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Funcionarios del IFCI reciben capacitación en la administración de convenios de fomento

El 15 de abril de 2025, los funcionarios del Instituto de Fomento a la Creatividad y la Innovación (IFCI) participaron en una capacitación integral sobre la administración de convenios de fomento. La Directora Jurídica del IFCI, Viviana Panchi, lideró el taller, dirigido a personal de todas las Direcciones Técnicas.

La jornada comenzó con un análisis de la jerarquía jurídica que rige los procesos administrativos relacionados con los convenios de fomento, utilizando la Pirámide de Kelsen como marco de referencia.

Panchi explicó el orden jerárquico de aplicación de las normas, establecido en el Art. 425 de la Constitución de la República del Ecuador (2008):

  • Constitución
  • Tratados y convenios internacionales
  • Leyes orgánicas
  • Leyes ordinarias
  • Normas regionales y ordenanzas distritales
  • Decretos y reglamentos
  • Ordenanzas
  • Acuerdos y resoluciones
  • Demás actos y decisiones de los poderes públicos

La Directora Jurídica destacó que la Constitución es la norma suprema y que todas las demás deben estar en conformidad con sus disposiciones. Además, enfatizó que los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado prevalecen sobre cualquier otra norma jurídica. Se resaltó la importancia de la Ley Orgánica de Cultura como marco legal fundamental para la elaboración de las bases técnicas de los concursos de fomento. Panchi aclaró la distinción entre el proceso de fomento y el proceso de compras públicas, subrayando la relevancia de esta diferenciación en la administración pública.

La capacitación profundizó en los aspectos técnicos de la administración de convenios de fomento, abordando principios clave establecidos en la Ley Orgánica de Cultura, tales como:

* Diversidad cultural. Se concibe como el ejercicio de todas las personas a construir y mantener su propia identidad cultural, a decidir sobre su pertenencia a una o varias comunidades culturales y a expresar dichas elecciones; a difundir sus propias expresiones culturales y tener acceso a expresiones culturales diversas;

* Interculturalidad. Favorece el diálogo de las culturas diversas, pueblos y nacionalidades, como esencial para el ejercicio de los derechos consagrados en la Constitución y en la presente Ley, en todos los espacios y ámbitos de la sociedad;

* Buen vivir. Promueve una visión integral de la vida que contemple el disfrute del tiempo libre y creativo, la interculturalidad, el trabajo digno, la justicia social e intergeneracional y el equilibrio con la naturaleza como ejes transversales en todos los niveles de planificación y desarrollo;

* Integralidad y complementariedad del sector cultural. Implica la interrelación con educación, comunicación, ambiente, salud, inclusión social, ciencia, tecnología, turismo, agricultura, economía y producción, entre otros ámbitos y sistemas;

* Identidad nacional. Se construye y afirma a través del conjunto de interrelaciones culturales e históricas que promueven la unidad nacional y la cohesión social a partir del reconocimiento de la diversidad;

* Soberanía cultural. Es el ejercicio legítimo del fomento y la protección de la diversidad, producción cultural y creativa nacional, la memoria social y el patrimonio cultural, frente a la amenaza que significa la circulación excluyente de contenidos culturales hegemónicos;

* Igualdad real. Es el ejercicio de los derechos culturales sin discriminación étnica, etaria, regional, política, cultural, de género, por nacionalidad, credo, orientación sexual, condición socioeconómica, condición de movilidad humana, o discapacidad, e implica medidas de acción afirmativa de acuerdo a la Constitución;

* Innovación. Se entiende la innovación como el proceso creativo desarrollado por actores u organizaciones de los sectores de la producción cultural y creativa, mediante el cual se introduce un nuevo o modificado bien, servicio o proceso con valor agregado;

* Cultura viva comunitaria. Se promueve la cultura viva comunitaria, concebida como las expresiones artísticas y culturales que surgen de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades, a partir de su cotidianidad. Es una experiencia que reconoce y potencia las identidades colectivas, el diálogo, la cooperación, la constitución de redes y la construcción comunitaria a través de la expresión de la cultura popular;

* Prioridad. Las actividades, bienes y servicios culturales son portadores de contenidos de carácter simbólico que preceden y superan la dimensión estrictamente económica, por lo que recibirán un tratamiento especial en la planificación y presupuestos nacionales.

* Pro Cultura. En caso de duda en la aplicación de la presente Ley, se deberá interpretar en el sentido que más favorezca el ejercicio pleno de los derechos culturales y la libertad creativa de actores, gestores, pueblos y nacionalidades; y de la ciudadanía en general.

Estos principios, según se explicó, respaldan la construcción de las bases de los concursos y proporcionan criterios para la administración de los convenios, facilitando el seguimiento y la claridad ante posibles auditorías.

Los funcionarios del IFCI, responsables del seguimiento y la administración de los convenios de fomento, tienen una gran responsabilidad jurídica y administrativa, que requiere el apoyo de otras áreas de la institución, como la Dirección Jurídica y la Dirección Administrativa. Su labor implica garantizar el correcto desarrollo de los proyectos beneficiarios, la adecuada gestión de los recursos públicos y el cumplimiento de los cronogramas de gastos.

Las autoridades del Instituto de Fomento a la Creatividad e Innovación (IFCI), conscientes de la importancia de administrar con responsabilidad y transparencia los recursos públicos, reafirman su compromiso con la capacitación continua de sus funcionarios y funcionarias en la gestión adecuada de los convenios de fomento. Esta acción no solo responde a lo establecido en la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, sino que también busca fortalecer la eficiencia institucional, tal como lo dispone el Código Orgánico Administrativo (COA). En esta nueva etapa, el IFCI avanza con firmeza hacia una administración pública más ágil, clara y eficiente, mediante la unificación de formatos y la revisión de su normativa interna. Las autoridades del Instituto renuevan así su compromiso con una gestión cultural que respalde de manera sólida y transparente los derechos culturales de la ciudadanía.


 

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