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El II Congreso Iberoamericano de Derecho de la Cultura se celebrará del 14 al 16 de octubre en Tlaxcala y podrá seguirse por streaming

Por Jesús Prieto de Pedro (Director Científico/ II Congreso Iberoamericano de Derecho de la Cultura).

Hace ya tiempo que la cultura y el derecho tomaron caminos convergentes. Convergencia que se explica por las importantes funciones que para la vida cultural cumplen la legislación y el derecho estableciendo fines y objetivos, identificando ámbitos y materias de la cultura, fijando procedimientos de ejercicio de los derechos y reglas de resolución de conflictos de intereses, así como cauces y medidas jurídicas de reconocimiento, fomento, protección y garantía de los valores y principios que alientan la cultura. Este es el modo en el que, en el Estado democrático de derecho, los valores de la cultura, como la libertad, la igualdad, el pluralismo, el progreso, la diversidad, la solidaridad o los derechos culturales, se ven respaldados por las garantías superiores que le son inherentes, dicho en síntesis con un concepto más expresivo, como Estado de cultura.

Sin embargo, este amplio y complejo fenómeno en torno a la cultura ha avanzado de forma desigual. Mientras en algunas áreas, como la del patrimonio cultural, ha llegado al desbordamiento normativo, en otras no ha concitado sino hasta hace escaso tiempo su abordaje desde una visión integral y científico jurídica. La propiedad intelectual y la protección del patrimonio cultural fueron los asuntos pioneros en los que más tempranamente se empezó a generar legislación y reflexión jurídica. Pero otros temas (entre ellos, los del arte, el cine, el teatro y la música, la institucionalidad, los museos, archivos y las bibliotecas) apenas fueron objeto durante u largo tiempo de esas reflexiones académico jurídicas. Tomar el testigo en el proceso iniciado, con resultados cada vez más positivos, hace algunos años para la corrección de este descuido académico, es una de las motivaciones que espolea el presente II Congreso Iberoamericano de Derecho de la Cultura.

Como señala su rótulo, el evento se define como un “Congreso”, ya que pretende convocar a la comunidad de investigadores y especialistas de acuerdo con las usuales pautas académicas y se desarrolla siguiendo una metodología mixta: las conferencias generales se impartirán de forma presencial y las mesas de debate de forma virtual. A su vez, los asistentes podrán seguir bien de forma presencial o virtual las conferencias mientras que las mesas de forma sólo virtual.

Es también un Congreso “Iberoamericano” porque realza una perspectiva de región sobre la compleja, copiosa y singular realidad cultural que ha dejado hasta el momento, en muchos temas y asuntos (aunque esto sea algo poco conocido) una admirable impronta jurídica, muy precursora. En efecto, sin ir más lejos, la región ha sido adelantada del constitucionalismo cultural, de la normalización de los derechos culturales como derechos fundamentales, de la generación de nuevas fórmulas de reglamentación de la cultura, como son las leyes generales de cultura y de derechos culturales y de haber generado un instrumento regional cultural como la Carta Cultural Iberoamericana.

Es, por fin, de “Derecho de la Cultura” porque, de un lado, pone el énfasis en lo jurídico, aunque reservando también un lugar destacado en el programa del congreso, con el fin de estimular enriquecedores diálogos interdisciplinares, a otras miradas especializadas sobre la cultura;  y porque, lo que es vital, pretende afirmar un enfoque jurídico integral de la totalidad de asuntos y materias culturales como partes de un todo indiviso, superadora de la rémora de la visión atomizada que, hasta hace escasos años, han arrastrado los asuntos culturales, abordados jurídicamente como si fueran islotes incomunicados en un archipiélago normativo. El concepto de cultura debe conformarse en el derecho como un ecosistema jurídico y para recorrer ese camino es irrenunciable, como primer paso, según se indicaba, un enfoque global e integrado.

Hace veinticinco años que tuvo lugar, en 1999, el I Congreso Iberoamericano de Derecho de la Cultura, propiciado, entre otras instituciones, por el Convenio Andrés Bello, la Universidad Carlos III de Madrid y la UNED que esparció un buen puñado de semillas que han ido  agregándose a las muy numerosas y crecientes iniciativas investigadoras y legislativas de los propios países iberoamericanos -así como de la región en su conjunto- en relación con las materias culturales. Los frutos de esa siembra en el derecho de la cultura han sido muchos e importantes. La región iberoamericana ha sido fecunda en el constitucionalismo cultural, en la normalización de los derechos culturales como derechos fundamentales y en la admirable iniciativa de abordar la reglamentación de la cultura como un todo. Pero, si algo sobresale, ha sido su capacidad de generar un instrumento profundamente original en el panorama mundial, la Carta Cultural Iberoamericana, que, a modo de Constitución cultural de la región (y aun a sabiendas de que en tanto declaración no es un instrumento jurídico coercitivo como las convenciones) tiene la admirable encomienda de ser la rosa de los vientos que fija las coordenadas de navegación para la cultura en la región iberoamericana. Estos laudables progresos, que tampoco deben cegar la mirada a las enormes carencias y tareas pendientes, fueron analizados en las recientes Jornadas preparatorias del II Congreso que ahora presentamos, organizadas en 2023 por la Fundación Gabeiras para el Derecho y la Cultura.

No sería justo no citar aquí las relevantes, y muchas de ellas novedosas propuestas que, para lo jurídico, se desprenden de los importantes e iluminadores foros mundiales como el de Mundiacult de México, en 2022, así como los de cultura y desarrollo, en los que hoy se cuece uno de los debates con más energía de futuro en relación la cultura. Estos foros muestran que los ejes estructurales de los asuntos jurídico-culturales permanecen, pero que también hemos asistido, en el transcurso del último cuarto de siglo, al afloramiento en el mundo de numerosas mutaciones, muchas de ellas de gran magnitud. Obviando ahora cualquier afán de sistematización, cabría señalar entre ellas las siguientes: el asentamiento del derecho internacional de la cultura y del constitucionalismo cultural; la integralidad de los derechos culturales como derechos personales y comunitarios; las leyes generales de cultura; la especificación de nuevos principios superiores como la diversidad cultural, la transversalidad de la cultura y la cultura como bien público mundial; la reivindicación de visibilidad y reconocimiento de los grupos originarios, migrantes y afrodescendientes y el respeto y recuperación de sus recursos, conocimientos tradicionales y  bienes artísticos al amparo de los derechos culturales; la transición de las industrias culturales a las industrias creativas; la conversión de los museos en instituciones abiertas y de diálogo y en lugares para la revisión crítica de sus relatos por otros más justos con su diversidad, origen y genealogía  de los bienes culturales que exponen; las demandas de igualdad y rechazo de las discriminaciones sistémicas en la cultura por motivo de género y otros motivos; la demanda de intervención de los jóvenes en el diseño y gestión de sus universos simbólicos; el redescubrimiento por muchos países del  patrimonio inmaterial; la irrupción del turismo cultural; la consideración del territorio como un factor esencial en la protección de los patrimonios ambiental y cultural; la contribución de la cultura al desarrollo rural y urbano; y el renacer de las culturas comunitarias en la inclusión y bienestar de las personas y los grupos. 

Estas metamorfosis, y otras muchas más que se podrían señalar en el modo de desenvolverse hoy la vida cultural, proyectan al derecho arduas preguntas y demandas de solución. Ahora bien, la complejidad de esos retos jurídicos se hace exorbitante por la súbita sacudida que, sin apenas avisar, nos ha asaltado con el nuevo contexto de lo digital y de inteligencia artificial que hoy embebe a la cultura entera y a todas sus manifestaciones, pues impacta sobre todos los grandes procesos de la vida cultural, de la creación y producción, la difusión y comunicación, y la conservación. Asuntos como los límites y la nuevas formas de censura de la libertad de creación artística digital, la reconfiguración de la autoría en el derecho de autor en las obras en las que interviene  la inteligencia artificial, la compensación del creador y del productor en las nuevas formas de comercialización y de acceso de los bienes y servicios culturales, o la contribución de lo digital en los procesos de conservación así como de acceso virtual al patrimonio cultural son ejemplos, como mínimo granu salis, de esos inmensos retos que se le vienen encima a esta especialidad del derecho de la cultura. 

Abordar este imponente conglomerado de temas y asuntos, gran parte de ellos absolutamente inéditos e impensables, así como la conveniencia de asimismo hacer una reflexión jurídica de puesta al día sobre los temas que permanecen, es tarea del presente Congreso, al que han sido llamados a intervenir, como conferenciantes y ponentes, un escogido elenco de especialistas y   voces eminentes de todos los países de la región, cercano al centenar. Como es inherente a los foros académicos, uno de los objetivos más preciado sería que los intervinientes, los asistentes a sus sesiones presenciales y virtuales y los investigadores e incluso las personas que, aunque ahora no asistan sí buscarán en el futuro acceder a sus contenidos, encuentren en el II Congreso los engastes para fortalecer la urdimbre de una comunidad investigadora iberoamericana de Derecho de la Cultura. Comunidad que debe proponerse, como noble y estimulante objetivo, proseguir y avanzar desde una perspectiva de región en su contribución singular a la construcción doctrinal del Derecho de la Cultura. 

El Congreso asume, asimismo, la voluntad de reflexionar sobre la consolidación del Espacio Cultural Iberoamericano  -propuesta, no se olvide, que es la quintaesencia de la Carta Cultural Iberoamericana-, en tanto, según señala este instrumento, “espacio cultural dinámico y singular” caracterizado por “una notable profundidad histórica, una pluralidad de orígenes y variadas manifestaciones”; y lo asume entendiéndolo como un proyecto no retórico sino real e ilusionante para la región, al que tiene la obligación de intentar ofrecer, desde el compromiso científico, un fino y preciso tejido jurídico cultural. Este espacio debe desplegar la genuina y pletórica diversidad cultural generada por todas sus gentes y comunidades desde sus orígenes hasta hoy, así como desplegar la energía de sus capacidades creativas, condición para su fortaleza, autoestima y reconocimiento en el mundo. La guía para hacerlo, no son sino los valores de la libertad, igualdad y solidaridad, como supremos principios jurídicos del Estado democrático que, por ende, son también principios connaturales a la cultura. Pero, para que el proyecto sea inclusivo y de todos, debe impulsarse desde un claro compromiso con la eliminación de las contumaces y ominosas desigualdades e inequidades presentes en la región y, de forma muy especial, con la erradicación de la pobreza. Para ello, la cultura atesora un enorme caudal de potencialidades que es preciso poner en valor y darles hechura jurídica. En definitiva, contribuir a un derecho y una legislación cultural de calidad, que se haga fuerte en los mejores aportes y avances acuñados por la región iberoamericana, es lo mejor que podría ofrecer el Congreso para la construcción del Espacio Cultural Iberoamericana en el seno de una sociedad democrática avanzada.

El II Congreso Iberoamericano de Derecho de la Cultura tendrá lugar los días 14,15 y 16 de octubre de 2024 en la Tlaxcala, en México, y se encuentra organizado por la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB). La responsabilidad académica corresponde a la Fundación Gabeiras para el Derecho y la Cultura, a la Universidad Autónoma de la Tlaxcala y al Instituto Interuniversitario para la Comunicación Cultural (Universidad Carlos III de Madrid y UNED)

El congreso cuenta con el apoyo de la Secretaría de Relaciones Exteriores del Gobierno de México y la Secretaría de Turismo del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, así como con el generoso patrocinio de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID).

En su deseo de contribuir a fortalecer la comunidad científica del Derecho de la Cultura, el II Congreso ha coordinado con otras iniciativas académicas del área lusa, también comprometidas en su impulso de este ámbito del conocimiento e investigación jurídicos. Así, el Congreso se presenta en asociación con el relevante XIII Encontro Internacional de Direitos Culturaiscuya primera fase tendrá lugar en la Facultad de Derecho de la Universidad de Lisboa, los días 19 y 20 de septiembre; y la segunda, en la Universidad de Fortaleza (UNIFOR), en Ceará, Brasil, los días 25 a 29  de noviembre.

Para mayor información visita la pagina: https://congresoiberoamericanodederechodelacultura.org/

Se parte de las jornadas en este enlace: congresoiberoamericanodederechodelacultura.org


 

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